Servicios Profesionales
Ofrecemos soluciones y asesoramiento en materia previsional, laboral y sucesoria.
Para aquéllos que se encuentran en actividad, no sólo brindamos un servicio de solución de conflictos laborales sino también de preparación y gestión del beneficio jubilatorio, mediante la regularización de aportes, inscripción en monotributo y reconocimiento de servicios prestados en distintos regímenes, incluyendo la presentación del trámite cuando se han reunido los requisitos.
Para jubilados y pensionados el servicio jurídico consiste en solicitar y lograr el Reajuste del Haber Previsional, cuando los índices utilizados por el Estado Nacional o Provinicial al momento de acordar el beneficio o al otorgar los aumentos generales, no guardan relación con la realidad económica.
Reajuste de haberes previsionales
Reajustes de haberes nacionales
La situación económica de nuestro país en las últimas décadas ha sido marcada por permanentes procesos de alta inflación y pérdida del valor adquisitivo. Para contrarrestar este fenómeno, tanto el Estado Nacional como los Estados provinciales han establecido mediante sus organismos y ministerios (Indec, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, etc) las variables de ajuste de las jubilaciones y pensiones.
Sin embargo, es de público conocimiento que dichos índices y coeficientes no siempre respetan la real inflación ni el aumento del costo de vida, por lo que con el transcurso de los años se ha producido una importante merma en el poder adquisitivo de la clase pasiva. Esta situación ha provocado que la gran mayoría de los jubilados recurra a los tribunales para lograr la aplicación de los índices fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en diversos fallos (Badaro, Elliff, Makler, Quiroga, etc), mucho más beneficiosos que los aumentos fijados por el Poder Ejecutivo.
Reajuste de haberes provinciales
En el ámbito provincial, la movilidad de la clase pasiva es reajustada mediante coeficientes fijados por el Poder Ejecutivo que muchas veces no están acorde a la realidad económica y son inferiores a los aumentos que reciben los activos con las paritarias. Esta situación provoca que un "nuevo jubilado" que se retira con un porcentaje de sus últimos años y que se encuentra con un haber calculado correctamente, con el transcurso de los años vaya quedando atrás en relación a los que se encuentran en actividad y vaya perdiendo la "razonable proporcionalidad" con el sueldo del activo.
Incluso la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe aplica una reducción del 20% a los haberes reajustados, en el entendimiento de que dicha quita no resulta confiscatoria. Sin embargo, esta cuestión ya ha sido declarada inconstitucional con el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe a favor de "Lagger, Elizabeth" representada por nuestro Estudio. De esta manera, todos los jubilados provinciales pueden reclamar ante la Caja que no se les aplique esta irrazonable reducción de su haber.
Jubilaciones
Análisis de la historia laboral
Esta tarea se puede realizar incluso mucho antes de cumplir la edad jubilatoria. Evaluamos si cuenta con servicios prestados en el ámbito provincial o nacional y dentro de éste útimo en qué actividad se desempeñó. De esta manera podemos encuadrar el régimen jubilatorio más conveniente e ir preparando el cumplimiento de los requisitos para alcanzar el beneficio en el futuro.
Regularización de aportes
Para aquellos que ya cuentan con la edad requerida pero aún no poseen la cantidad de aportes exigidos por la ley, buscamos distintas alternativas para integrarlos y así obtener en el menor tiempo posible el beneficio jubilatorio. Esta tarea puede consistir en el reconocimiento de servicios efectivamente prestados pero no incorporados al sistema previsional, en el acogimiento a planes de moratoria para completar los años faltantes de aportes, la inscripción al régimen de monotributo, etc.
Presentación del beneficio
Sabemos que a la hora de jubilarnos la Caja otorgante (Nación, Provincia o Municipalidad) tomará en cuenta, según el régimen aplicable, los haberes percibidos durante los últimos años de actividad (salvo regímenes especiales, que cobran un porcentaje del activo).
Nuestro cuerpo contable especializado realiza un análisis estratégico, considerando los años de aportes faltantes y ya efectuados, para incluir servicios no reconocidos o completar con moratoria los años faltantes, siempre aputando a obtener el mejor haber inicial posible.
Muchas veces cuando el beneficio es tramitado de manera personal o por intermediarios no especializados, se completan años faltantes con moratoria en lugar de reconocer los servicios efectivamente prestados y no incorporados al sistema, lo que determina un haber jubilatorio bajo en relación al que se obtendría tomando en cuenta tales servicios.
Control de la liquidación
Una vez otorgado el beneficio, realizamos el control de la liquidación del mismo, para verificar que se haya cumplido con los procedimientos de cálculo estipulados en las normas previsionales: cálculo del haber inicial, control de la fecha inicial de pago del retroactivo, otorgamiento de adicionales según el régimen (ferroviario, docente, etc).
Pensiones
Acreditación del vínculo con el causante
Nuestra intervención surge en general cuando por alguna razón no se encuentra acreditado debidamente el vínculo con el causante, no estando así probada la convivencia (diferentes domicilios); o bien por haberse extinguido el vínculo matrimonial sin culpa de quien pretende el beneficio (divorcio vincular o separación de hecho).
Irregularidad de aportes
En caso que el causante haya fallecido estando en actividad (pensión directa), y el mismo no haya cumplido con la regularidad de aportes exigida por la ley (desempleado o sin trabajar al momento del fallecimiento), el organismo previsional rechazará el beneficio. En esos casos, el derechohabiente puede obtenerlo por la vía judicial, acogiéndose a distintos fallos de la Corte que han morigerado la estricta interpretación de la ley, en cuanto a los requisitos de regularidad.
Retiro por Invalidez
Análsis de la regularidad de aportes
Al igual que en las pensiones directas, nuestro trabajo consiste en analizar si con los aportes con que cuenta el solicitante, se cumple con la regularidad exigida por la ley y en caso contrario, se analiza la posibilidad de obtener el beneficio por vía judicial a la luz de jurisprudencia vigente.
Determinación del grado de invalidez
Trabajamos con profesionales médicos legistas que analizan el porcentaje de incapacidad con los mismos criterios que sigue la Junta Médica a la cual deberá someterse para adquirir el beneficio, a fin de conocer si se cumple con los requisitos. En caso afirmativo se presentará la solicitud y si la Junta Médica no otorga el grado de incapacidad requerido para acceder al beneficio, se apelará tal decisión a la Comisión Médica Central y eventualmente ante la justicia.